Las ventas de Navidad, Black Friday y Reyes catapultan el consumo un 20%. Ante la explosión de contratos por días u horas cabe conocer los derechos laborales para evitar estafas

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Entre noviembre y enero se produce el mayor pico de consumo del año: un 20% más que el resto del año, según precisa un informe de IMF Business School. Este estudio precisa que en esos meses se gestionarán 950.000 contratos temporales, también conocidos como 'extrajobs', que pueden firmarse por días o incluso por horas.

Esto no significa que casi un millón de personas vayan a conseguir trabajo: es muy probable que un empleado alterne entre varios trabajos temporales, o que empalme un contrato tras otro según las necesidades de la empresa.

"Los extrajobs no son la solución al paro pero sí ayuda a reavivar el mercado laboral, ya que representan el 35% de las ofertas de empleo durante las Navidades", indica Carlos Martínez, consejero delegado de esta escuela de negocios.

La tradicional campaña de Navidad ha tenido el impulso extra que han significado las jornadas de Black Friday y Ciber Monday, donde las grandes superficies, así como los locales especializados en electrónica y moda han abierto las plantillas de contrataciones temporales para atender la demanda de clientes. Tras las ventas de Reyes, el último coletazo serán las primeras semanas de las rebajas de invierno, que mantendrán el ritmo de ventas hasta fines de enero.

 

Uno de cada tres jóvenes aprovecha estas semanas de ventas para tener sus primeras experiencias laborales. Según un análisis de la aplicación de búsqueda de empleo Worktoday, siete de cada diez aspirantes menores de 25 años son estudiantes universitarios, y las mujeres representan a un 60% de los apuntados a las ofertas frente al 40% de los hombres.

Más la mitad de las ofertas presentadas en esta aplicación son trabajos por horas, mientras que los empleos por días representan un 34% y los contratos por meses alcanzan al 24%. Los empleos con más demanda son los de camareros, dependientes de tiendas, promotores de productos en supermercados, relaciones públicas y mozos de almacén.

Precauciones ante posibles estafas

La desesperación por tener un trabajo, y el afán de algunos empresarios por sacar el máximo rendimiento en estas campañas, llevan a que surjan irregularidades en las contrataciones temporales.

En estas campañas, los dos tipos de convenios más habituales son los contratos eventuales por 'circunstancias de la producción' y los de 'obras y servicios'. Sea cual sea la modalidad, la empresa tiene la obligación de precisar el motivo.

Los temporales tienen una duración de seis meses a un año, aunque para estas campañas navideñas es habitual que no se prolonguen por más de dos meses, o por menos tiempo.

Que se realice un contrato verbal no es raro, la ley lo contempla pero siempre y cuando tenga una duración menor a las cuatro semanas. De todas maneras, si el empleado exige la constancia escrita de la contratación, la empresa está obligada a realizarla.

Es muy probable que el contrato implique horarios intensivos o trabajar en días festivos. Por ello cabe recordar que el Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a dejar doce horas libres entre jornadas y a proporcionar un descanso semanal de, al menos, un día y medio. Las horas trabajadas en los festivos deben pagarse un 75% más que los días hábiles; o en todo caso, se puede negociar por descansos compensatorios. Y en caso de realizarse más horas de las pactadas, deben pagarse como extras.

Un trabajo temporal no puede tener una retribución menor al de un contrato fijo. Y al verificar la nómina, debe figurar la parte proporcional a las horas extras, las pagas extras prorrateadas y los días de vacaciones.

Los contratos temporales se pueden renovar pero sólo por una vez. Tras la primer prórroga, se debería pasar a un contrato indefinido. Si en caso de que termine el contrato la empresa no comunica su finalización y otorga el finiquito, la ley da por entendido que el acuerdo laboral se ha ampliado por seis meses más.